El Senado de la República se alista para aprobar en sus comisiones la primera Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de Animales, que faculta a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) a sancionar con arrestos administrativos de hasta 36 horas y aplicar multas de hasta 234 mil 620 pesos a quienes ejerzan crueldad sobre los animales.
Además, la nueva disposición legal ordena la creación de todo un Subsistema de información y estadística del Inegi en el que se tendrá un Registro Nacional de Animales de Compañía, un Directorio de Criaderos, Albergues, Refugios y Rescatistas, así como un Padrón de Personas Infractoras.
Regulación en ventas, bioética y uso de animales
De acuerdo con el proyecto de dictamen que aprobarán hoy lunes comisiones unidas del Senado, habrá Centros Integrales de Salud, Atención, Protección y Bienestar Animal y se prohíbe la venta de los animales en “mercados, bazares, tianguis, vía pública, vehículos”, y en redes sociales, si la persona, personas y organizaciones que los ofrecen en el mundo digital no tienen la autorización oficial para hacerlo.
Las instituciones que realicen investigación con animales, incluidas las de educación superior, deberán tener un Comité de Bioética y Bienestar Animal; no se podrán cazar animales callejeros para someterlos a investigación, ni realizar pruebas cosméticas con ellos.
Las 16 obligaciones de las personas tutoras
De igual manera, establece como una obligación de los “tutores responsables de animales” usar correa, bozal, si es necesario, para pasear a sus animales de compañía; hacerse responsables de los daños que éstos puedan causar a terceros y levantar las heces, como parte de las 16 obligaciones que tendrán como responsable de un animal de compañía.
“Son obligaciones de las personas tutoras responsables con relación a sus animales de compañía: proporcionar alimentación adecuada y suficiente que garantice el desarrollo saludable y el bienestar del animal, considerando sus necesidades específicas por especie, raza, edad y estado de salud; garantizar acceso permanente a agua potable y en cantidad suficiente, evitando la deshidratación.
Proveer un espacio seguro, limpio, protegido de las inclemencias del clima y con condiciones adecuadas para el descanso y desarrollo del animal; asegurar la atención veterinaria periódica, incluyendo vacunación, desparasitación y tratamientos necesarios para prevenir y tratar enfermedades, así como llevar un registro de salud actualizado del animal; realizar la inscripción de sus animales de compañía en el Registro Estatal o Municipal.
“Realizar la esterilización de perros y gatos, salvo en casos justificados por razones de salud o cuando estén destinados a la reproducción legal; asegurar actividad física y estimulación adecuada para evitar el sedentarismo y conductas asociadas al estrés o aburrimiento”, dice la nueva ley.
Control en espacios públicos y responsabilidad civil
También “garantizar la identificación del animal mediante métodos como placas, collares, sistemas de identificación visibles o electrónicos, de acuerdo con la normativa aplicable, para facilitar su recuperación en caso de extravío; buscar alojamiento y cuidado, así como adopción responsable, en caso de imposibilidad de continuar con su cuidado.
Adoptar medidas preventivas para evitar daños o riesgos a terceros derivados de la conducta del animal, incluyendo el uso adecuado de correas, bozales u otros elementos de control en espacios públicos, según lo establezca la normativa y la especie”, ordena.
Además, “recoger las heces del animal bajo su tutela o encargo cuando transite con él en cualquier espacio de uso público o de acceso al público en el que se permita la presencia de animales de compañía, así como realizar su adecuada disposición; fomentar la socialización animal con humanos y otros animales, en la medida de lo posible, según la especie.
Asumir la responsabilidad de los daños que el animal cause a terceros o a sus bienes, conforme a lo establecido en las leyes aplicables, y en caso de fallecimiento del animal, disponer de su cuerpo conforme a las regulaciones sanitarias, evitando afectaciones a la salud pública o al medio ambiente”, detalla.
Define el bienestar animal como “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere. Para dichos efectos un animal experimenta un buen bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, y si no padece sensaciones desagradables, dolor, miedo o distrés y es capaz de expresar comportamientos importantes para su estado de bienestar físico y mental”.




