El pleno del Senado aprobó ayer que, por razones de seguridad nacional, las secretarías de Defensa, Marina y Seguridad Pública federal, la FGR, el SAT y la UIF participen en la autorización de inversiones extranjeras en los sectores energético, transporte, sanidad, comunicaciones, minería, tratamiento o almacenamiento de datos, sistemas digitales, aeroespacial, de defensa, inteligencia artificial, robótica, semiconductores y ciberseguridad, entre otros.

Con 65 votos a favor y 30 en contra, ayer avaló la reforma a la Ley de Inversión Extranjera en la que plantea que Defensa, Marina, Seguridad Pública y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones formen parte permanente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

Y a la Fiscalía General de la República, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera como “invitados”, con el objetivo de que “la evaluación de riesgos y amenazas a la seguridad nacional, con motivo de adquisiciones por parte de la inversión extranjera, cuente con un enfoque especializado en la materia y las personas interesadas conozcan de manera transparente los supuestos que detonarían dicha revisión y el alcance de esta, para dar mayor certeza jurídica sobre sus determinaciones”.

La reforma incluye nuevas disposiciones de ley relacionadas con “inversiones extranjeras sujetas a escrutinio de seguridad nacional”.

Precisa que “por razones de seguridad nacional, se requiere resolución favorable de la Comisión para que la inversión extranjera participe, directa o indirectamente, en un porcentaje mayor al 49% del capital social de una sociedad mexicana, en la que el valor total de sus activos, al momento de someter la solicitud de adquisiciones, rebase el monto que determine la Comisión mediante resolución general”.

Sectores e infraestructura estratégica

Esa autorización será para las actividades económicas relacionadas con “infraestructura estratégica, ya sea física o virtual, en las que se incluyan aquellas vinculadas con el sector energético, transporte, sanidad, comunicaciones, minería, tratamiento o almacenamiento de datos, sistemas digitales, aeroespacial, de defensa e instalaciones sensibles, así como de terrenos e inmuebles que sean indispensables para el uso de dicha infraestructura”.

El suministro de insumos fundamentales, en particular energía o materias primas, así como seguridad alimentaria; el acceso a información sensible, en particular, datos personales o la capacidad de controlar dicha información y las demás actividades o sectores económicos análogos o de similar naturaleza que determine la Comisión mediante resolución general”, detalla.
Tecnologías críticas y productos de doble uso, incluidas la inteligencia artificial, la robótica, los semiconductores, la ciberseguridad, las tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, así como las nanotecnologías y biotecnologías.

Plazos y procedimiento de resolución

Especifica la forma y los tiempos en que deberá trabajar la Comisión, que ahora tendrá a las tres secretarías del Gabinete de Seguridad Nacional.

“La Comisión deberá resolver las solicitudes sometidas a su consideración dentro de un plazo de sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva, en los términos establecidos en el Reglamento de la presente Ley, y comunicará a las personas interesadas el sentido de dicha resolución, a través de la Secretaría.

“El plazo señalado podrá suspenderse, en una ocasión, cuando la Comisión requiera información o documentación adicional a las personas interesadas, quienes deberán desahogar dicha prevención en los términos que establezca la Comisión, el cual no podrá ser menor de cinco días hábiles ni mayor a 30 días hábiles, contados a partir de que haya surtido efectos la notificación”, dice la reforma que fue enviada a la Cámara de Diputados para su eventual aprobación.