El magistrado Felipe de la Mata Pizaña propondrá a la Sala Superior dar la razón a los partidos de oposición con respecto a que las boletas planchadas no pueden computarse a favor de ningún partido político, porque en primera instancia correspondería a los funcionarios de casilla contar solamente aquellas boletas que se encuentren dentro de la urna y, excepcionalmente, el tema podría llegar al consejo distrital.

Asegura que es incompatible con el proceso de conteo previsto por la ley que una boleta planchada pueda considerarse válida o no por parte del consejo distrital.

Agrega que solo puede considerarse un voto válido o nulo aquel que estaba dentro de la urna y fue sacado de ahí para computarse.

En consecuencia, si durante un nuevo escrutinio y cómputo se detecta una boleta sin marcas de doblez, se debe determinar invalidez, porque no se ha cumplido el procedimiento legal de emisión del sufragio, en particular, la exigencia de ser doblada y depositada en la urna”, dice el proyecto de sentencia del magistrado.