Michael Clark permanece en prisión preventiva desde el martes 18 de agosto de 2026, fecha en que el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decretó dicha medida cautelar en el marco del denominado caso Sartor.

El exdirector de Sartor AGF, sancionado previamente por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), es imputado por el Ministerio Público por los presuntos delitos de administración desleal, entrega de información falsa al mercado, negociación incompatible, fraude a la Ley de OPA (Oferta Pública de Acciones), lavado de activos y contrato simulado.

Al cumplirse un mes de reclusión, el expresidente de Azul Azul, sociedad concesionaria del Club Universidad de Chile, inició una nueva ofensiva judicial para abandonar el recinto penitenciario. Tras ser desestimados sus reclamos previos por la Corte de Apelaciones de Santiago el pasado 8 de septiembre, la defensa de Clark escaló el caso ante la Corte Suprema.

En su presentación ante el máximo tribunal, el abogado defensor Bernardo Rosenberg cuestionó severamente la resolución de primera instancia. A su juicio, el fallo se sustentó en la “gravedad abstracta” de los ilícitos y en la pena probable, sin justificar un riesgo actual, concreto e individualizado que hiciera indispensable la privación de libertad.

“La defensa sostiene que, aun aceptando provisoriamente la imputación en los términos expuestos por el Ministerio Público, la resolución no explica el riesgo actual que hace indispensable la prisión preventiva. La necesidad de cautela es un presupuesto autónomo”, consignó el escrito.

Asimismo, la defensa reprochó que la magistrada del Cuarto Juzgado de Garantía omitiera explicar por qué una serie de antecedentes favorables, como la comparecencia voluntaria, la entrega de dispositivos, claves y pasaporte, el levantamiento del secreto bancario, el cese de funciones y la ausencia de antecedentes penales, resultaban insuficientes para evitar decretar la medida cautelar más gravosa.

El recurso también cuestionó los argumentos del Ministerio Público relativos a una supuesta eliminación de evidencia basada en comunicaciones previas, señalando que estos se plantearon de manera genérica, sin individualizar diligencias precisas, personas a influir ni un vínculo real con el imputado.

“El amparado dejó de integrar el directorio de Sartor AGF S.A. en diciembre de 2024; la administradora se encuentra bajo intervención y control regulatorio; los dispositivos y claves fueron entregados; el secreto bancario fue levantado; el pasaporte fue entregado; compareció voluntariamente; prestó declaración durante cuatro jornadas; carece de antecedentes penales; no registra procesos pendientes; y no se le atribuye pertenencia a una organización criminal. La resolución no explica por qué esas circunstancias, consideradas conjuntamente, no reducen o eliminan el riesgo que invoca”, concluyó.