Ante la polémica por la denuncia e investigación por la instalación de retenes irregulares en la Carretera Federal México 15, la más larga e importante del país porque en 2 mil 318 kilómetros atraviesa desde la la Ciudad de México hasta la frontera, Excélsior investigó los derechos que asisten a los viajeros nacionales o extranjeros que transitan por el territorio nacional, así como las obligaciones de las autoridades al momento de instalar un punto de revisión provisional, mejor conocido como retén.
En todo el territorio mexicano, incluidas las vías de comunicación como autopistas federales, garitas internacionales o puertos marítimos, toda persona tiene garantizado el libre tránsito que establece el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que establece los derechos y las obligaciones de los viajeros nacionales y foráneos.
Víctor Félix, especialista en políticas públicas sobre seguridad ciudadana, recordó que a los viajeros también les asiste el artículo 16, protege a las personas contra los actos de molestia arbitrarios por parte de la autoridad, garantizando el principio de legalidad y la seguridad jurídica.
Esta polémica surgió, a partir de las denuncias ante la Fiscalía General de la República que interpusieron ciudadanos mexicanos que visitaron el país, proviniendo desde los Estados Unidos, pero en un punto de la carretera México 15, en el municipio de Santa Ana, Sonora, fueron detenidos por personas que dijeron ser autoridades federales, quienes supuestamente les dijeron a las víctimas que harían una revisión de rutina y les robaron dinero.
La Agencia Ministerial de Investigación Criminal y la FGR iniciaron carpeta de investigación, además de que autoridades federales y estatales mantienen operativos para detectar estos retenes irregulares; mientras que el fiscal de Sonora, Gustavo Rómulo Salas Chávez, dijo que todo punto de revisión carretero debe estar plenamente identificado mediante un código QR establecen e informan el motivo de la revisión y en caso de algún abuso, que el viajero tenga comunicación con las áreas de supervisión y control de las autoridades.
Los derechos del viajero
El especialista en política públicas sobre seguridad Víctor Félix, explicó que un retén no autoriza a los agentes a revisar teléfonos, pertenencias personales o la guantera por mera rutina, la apariencia del conductor o una sospecha que no esté bien fundamentada.
“Los viajeros que lleguen a un retén, pueden grabar audio y video de la interacción con las autoridades, siempre y cuando no intervengan en el trabajo de la autoridad”, comentó Víctor Félix.
El especialista recomendó que en los casos que el conductor venga con un copiloto o acompañante, sea esta tercera persona quien grabe el video, para que el chofer pueda atender a los oficiales, pero recalcó que es importante, establecer que el sitio donde ocurre la interacción con la autoridad es un punto de revisión provisional y no un retén irregular, para actuar con cautela y no incurrir en una discrepancia que pueda propiciar una discusión.
“Los viajeros tienen derecho de solicitar a los oficiales que se identifiquen plenamente con nombre, cargo e institución a la que pertenecen; una revisión a fondo de tu vehículo o equipaje sin una orden judicial, o sin que exista flagrancia de un delito o una sospecha razonable basada en un reporte oficial previo, puede constituir un acto ilegal o inconstitucional”, dijo Víctor Félix.
Desde que ocurrió la denuncia por el supuesto robo, la Carretera Federal México 15 está muy bien vigilada, autoridades federales y estatales realizan barridos para tratar de detectar retenes irregulares, pero de acuerdo con la Fiscalía General de Justicia hasta el momento no han encontrado ni detenido a sospechosos.
El especialista advirtió que términos como la sospecha razonable o la revisión de rutina, son términos “legaloides” aprovechados para confundir a los ciudadanos, cuando la Carta Magna es muy explícita respecto al derecho al libre tránsito y los actos de molestia.
Actualmente, todo retén de autoridades federales o estatales en carreteras de México tienen que contar con un la lona donde se identifica a la corporación que realiza el retén, con la leyenda “Inspección Autorizada”.
Hay además un código QR donde las personas pueden presentar quejas o denuncias; en todos los casos, el punto de revisión provisional debe obedecer al cumplimiento de una diligencia como parte de una carpeta de investigación.
Jorge Mendoza Yescas, cónsul de México en Phoenix, Arizona, en Estados Unidos, recomendó que al ser detenido en un retén, es importante documentar irregularidades sin confrontarse.
“Es importante documentar la interacción, cualquier solicitud indebida, robo o intento de extorsión de la autoridad, hay que documentarla, pedirle de manera amable al oficial el nombre, número de placa, documentar lo más posible, grabar a un funcionario público no es ilegal en México, siempre sin confrontar, teniendo todos estos elementos se puede denunciar ante el 911”, dijo el funcionario de la Cancillería mexicana.
Desde que estalló la crisis por la denuncia de presuntos robos en un retén ilegal en Sonora, salieron a relucir en redes sociales denuncias y videos de decenas de ciudadanos, pero hasta la fecha no existen reportes de personas sospechosas relacionados con estos hechos.



