La Corporación Nacional Forestal (Conaf) hizo un llamado de atención a turistas a no promover prácticas que pongan en riesgo la seguridad de visitantes que acceden a las áreas protegidas bajo la administración del organismo.

Fue tras la difusión de dos videos de una pareja de turistas en el Parque Nacional Torres del Paine en la Región de Magallanes que se encendieron las alarmas en Conaf.

Uno de ellos muestra a una pareja bailando un pie de cueca en una laguna congelada y, otro, muestra a un turista realizando descenso en esquí al interior del parque en la Patagonia.

En el caso del primer video, Conaf recordó que no está permitido ingresar en ríos o lagunas del Parque, aún cuando éstas se encuentren congeladas, al constituir un riesgo de accidente por un eventual resquebrajamiento del hielo.

Asimismo, el organismo cuestionó que la mala práctica fuera difundida como un acto positivo que de a entender al público que es “un acto de protección hacia la naturaleza”.

En ese sentido, el director regional de Conaf, John Revello, precisó que “si bien se entiende la buena intención que pudo haber en el vídeo, llamamos a no transgredir la normativa y hacer difusión de ello, porque implica promover una práctica que pone en riesgo la seguridad del visitante”.

En cuanto al segundo video, la entidad señaló que aunque la persona contaba con la autorización correspondiente de ingreso, se “recomienda no difundir dicha acción como una práctica recreativa, sin colocarla en el contexto de un procedimiento obligatorio”.

La actual ley de áreas protegidas establece diversas restricciones a ciertas prácticas en áreas protegidas, las cuales de no respetarse, implican sanciones en multas y hasta pena de cárcel.

Por su parte, el Parque Nacional Torres del Paine recordó que Conaf entrega autorización para expediciones deportivas. Sin embargo, estas deben ser realizadas por personas con experiencia comprobada en materia de montaña y evaluadas caso a caso.

Asimismo, Conaf recalcó que este tipo de actividades requiere regulación y la obligatoriedad del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos en Servicio Nacional de Turismo (Sernatur), además de diferentes estándares de seguridad, equipamiento, personal y gestión del riesgo.