Por mayoría simple, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de Quintana Roo fue omiso al legislar en materia electoral sin garantizar la participación política de personas con discapacidad; en ese sentido, ordenó a los legisladores locales subsanar tal situación.

La Corte informó que, al analizar la acción de inconstitucionalidad 78/2026, validó el Decreto por el que se realizaron diversas modificaciones relacionadas con el sistema de representación proporcional y recordó que el pasado 22 de septiembre el Pleno determinó que el Congreso de Quintana Roo no estaba obligado a realizar una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Lo anterior ya que las normas impugnadas no generaban una afectación diferenciada a esos grupos y validó las modificaciones al sistema de representación proporcional para la integración de la lista de candidaturas a diputaciones locales.

Por otra parte, el Máximo Tribunal dijo que sí existe una omisión legislativa atribuible al Congreso local por no establecer medidas afirmativas que garanticen, en condiciones materiales de igualdad, la participación política de las personas con discapacidad.

En ese sentido, resolvió que deben legislar en la materia, misma que deberá entrar en vigor, a más tardar, antes del inicio del periodo de veda legislativa electoral correspondiente al proceso local de 2030.

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