Por primera vez, México tendrá una herramienta jurídica para cerrar el paso a los llamados huachicoleros fiscales, que tan solo en 18 meses estuvieron a punto de mermar el erario federal en cuatro mil 600 millones de pesos, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda.
Ahora se multará con hasta el 100% del valor del petróleo, gasolinas, diésel o gas que pretendan introducir al país, con engaños, para evadir el monto real de impuestos que corresponden a esa transacción.
El pleno de la Cámara de Diputados tiene previsto aprobar esta semana una reforma a la Ley Aduanera, para disponer que “cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares determinado conforme a los artículos 72 y 73 de esta Ley, las autoridades aduaneras iniciarán de oficio el ejercicio de las facultades de comprobación”.
Además, precisa que cuando el engaño para evadir impuestos “involucre hidrocarburos y petrolíferos, se aplicará una multa del 50% al 100% del valor comercial de las mercancías”.
Mecanismos de detección y daño al erario
Durante su comparecencia ante el pleno de la Cámara de Diputados, el pasado 30 de septiembre, el secretario de Hacienda y Crédito Público, Edgar Amador, explicó que “entre el 1 de septiembre del 2025 y el 30 de junio del 2026 se brindó acompañamiento para diseñar, desarrollar e implementar soluciones digitales orientadas a mejorar procesos, interoperar sistemas, proteger información y reducir tiempos de atención en trámites y servicios estratégicos de la administración.
Garantías y sustitución de embargo
La reforma establece dos procedimientos similares para que los dueños de empresas que importen hidrocarburos y petrolíferos puedan comprobar los pagos correspondientes de impuestos para que recuperen la mercancía.
“Cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior en un 20% o más al valor de transacción de mercancías idénticas o similares determinado conforme a los artículos 72 y 73 de esta Ley, las personas interesadas podrán, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del inicio del procedimiento administrativo, solicitar la sustitución del embargo precautorio”, dispone la reforma.
Precisa que podrán hacerlo “mediante la presentación de un depósito en efectivo, conforme a las disposiciones que para tal efecto emitan las autoridades aduaneras competentes, por un monto equivalente a las contribuciones y cuotas compensatorias que se causarían por la diferencia entre el valor declarado y el valor de transacción de las mercancías idénticas o similares referido en los citados artículos”.
Justificación legal de la medida
“Los hidrocarburos y petrolíferos constituyen mercancías de especial relevancia para la economía nacional por su valor económico, volumen de operación e incidencia fiscal y productiva.
Asimismo, su utilización recurrente en esquemas de contrabando y evasión de controles aduaneros hace necesario fortalecer los mecanismos que garanticen su trazabilidad y adecuada supervisión, al mismo tiempo que protejan la hacienda pública y aseguren el cumplimiento de las disposiciones aplicables a su introducción y extracción del territorio nacional.
“Es por ello que resulta conveniente establecer una consecuencia jurídica diferenciada cuando las infracciones recaigan sobre este tipo de mercancías, con el objeto de que la sanción aplicable mantenga una adecuada proporcionalidad respecto de la relevancia de las mercancías involucradas y de la afectación que dichas conductas pueden generar al interés fiscal y al adecuado funcionamiento de los mecanismos de control aduanero”, dice el dictamen que el pleno de la Cámara de Diputados tiene planeado aprobar esta semana.
La reforma, sin embargo, no dispone de la sanción de prisión, en consonancia de la propia Ley Aduanera, que solo incluye multas económicas, embargos, incautaciones, pero no prisión.




