Un caso complejo sobre las repercusiones que pueden tener las decisiones de organismos del Estado en los privados es el que se tramita en el 12º Juzgado Civil de Santiago y que aborda el mercado inmobiliario.

El pasado 11 de septiembre, la inmobiliaria Eurocorp, a través de la sociedad Eurocorp Dos S.A interpuso una demanda en contra de la Municipalidad de Estación Central por “falta de servicio” y exige una indemnización de 430.224,8 UF (poco más de $17 mil millones).

El origen del conflicto se remonta a 2015, cuando Eurocorp consultó a la Dirección de Obras de Estación Central si podía construir con edificación continua en los terrenos de calle Constantino N°59 y N°105. La municipalidad confirmó que estaba permitido y aprobó los anteproyectos.

Posteriormente en 2016, Eurocorp compró los terrenos por más de 119.000 UF y tramitó los permisos de edificación. Sin embargo, la municipalidad posteriormente invalidó esos mismos permisos tras reconocer que los había otorgado en contravención a la normativa urbanística.

Posteriormente, la Corte Suprema confirmó que la DOM de Estación Central había otorgado permisos, contraviniendo la normativa aplicable.

“Para cuando la Municipalidad corrigió su actuación irregular, Eurocorp ya había adquirido los terrenos, comprometido cuantiosos recursos y estructurado dos proyectos cuya ejecución se tornó económicamente inviable, sufriendo perjuicios que ascienden a 430.224,8 UF”, consignó la demanda.

“No resulta jurídicamente admisible trasladar esas consecuencias a quien sometió sus proyectos al examen del órgano competente y adoptó sus decisiones de inversión sobre la base de aquello que ese órgano informó, aprobó y finalmente autorizó. La invalidación restableció la juridicidad, pero no hizo desaparecer el daño que la actuación irregular de la Administración ya había producido”, explicó.

Trámites

Según el escrito, “la posibilidad de desarrollar ambos terrenos bajo un sistema de agrupamiento continuo no provenía, entonces, de una interpretación de Eurocorp ni de una lectura de la normativa urbanística que mi representada hubiese decidido asumir bajo su propio riesgo”.

“Provenía de la propia Dirección de Obras Municipales de Estación Central: el órgano técnico llamado precisamente a aplicar esa normativa y a pronunciarse sobre las condiciones urbanísticas de los inmuebles sometidos a su competencia había informado expresamente que la edificación continua se encontraba permitido”.

En la demanda Eurocorp explicó que “nada permitía anticipar, en esas circunstancias, que el criterio urbanístico que la Municipalidad venía aplicando de manera sostenida, y que había plasmado en actos administrativos dictados sobre de estos mismos terrenos, terminaría siendo considerado contrario a derecho”. “Eurocorp podía razonablemente confiar en que las decisiones adoptadas por el órgano técnico municipal competente habían sido dictadas con sujeción a la normativa que ese mismo órgano estaba legalmente llamado a interpretar y aplicar“, añadió.

El 16 de mayo de 2016, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo dictó la Circular N°203, DDU 313. En ella sostuvo que, en aquellas zonas en que el instrumento de planificación territorial no estableciera una altura máxima de construcción, no resultaba procedente autorizar edificaciones sujetas a un sistema de agrupamiento continuo, criterio que difería del que hasta entonces había venido aplicando la DOM de Estación Central.

El problema es que Eurocorp en ese momento -según la demanda- ya había obtenido la aprobación de sus dos anteproyectos y desembolsado 119.310,8 UF para adquirir los terrenos. “Los inmuebles habían sido adquiridos y la inversión se había materializado sobre la base de las condiciones urbanísticas previamente informadas y aprobadas por la propia Municipalidad”.

El 10 de diciembre de 2018, la DOM que había informado las condiciones urbanísticas, aprobado los anteproyectos y otorgado los permisos dispuso iniciar procedimientos para invalidar los permisos de edificación.

Eurocorp impugnó judicialmente dichas resoluciones. La controversia fue finalmente resuelta por la Corte Suprema mediante sentencia definitiva de 14 de octubre de 2022 que, confirmando lo decidido por la Corte de Apelaciones de Santiago, concluyó que los permisos habían sido correctamente invalidados, por cuanto la DOM de Estación Central los había otorgado con transgresión de la normativa urbanística aplicable.

Al cierre de este artículo, la Municipalidad de Estación Central no respondió a las consultas planteadas.