La inmunidad de los funcionarios del Estado respecto de la jurisdicción penal extranjera es uno de los temas más antiguos y debatidos del Derecho Internacional. Durante casi veinte años, la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas se ha dedicado a estudiar este asunto. El trabajo acaba de concluir con la adopción, en segunda lectura, de 17 proyectos de artículos sobre la inmunidad de los funcionarios del Estado respecto de la jurisdicción penal extranjera. Su etapa final fue conducida por el jurista chileno Claudio Grossman, quien asumió como Relator Especial en 2023 y tuvo a su cargo llevar a término uno de los proyectos más prolongados y complejos de la Comisión.

El proyecto parte de una distinción fundamental. Por una parte, los jefes de Estado, jefes de Gobierno y ministros de Relaciones Exteriores gozan, mientras permanecen en el ejercicio de sus cargos, de inmunidad ratione personae. Una inmunidad amplia, que alcanza tanto actos oficiales como privados, pero que termina cuando dejan sus funciones. Por otra parte, la inmunidad ratione materiae alcanza a funcionarios del Estado en general, independiente del cargo, pero únicamente respecto de actos realizados a título oficial, y puede subsistir después de abandonado el cargo.

El proyecto intenta ordenar una materia situada entre dos exigencias del Derecho Internacional: el respeto de la igualdad soberana de los Estados y la responsabilidad por los crímenes internacionales más graves. No pretende eliminar la tensión entre ambas, sino ofrecer reglas para enfrentarla.

La cuestión más difícil es determinar qué ocurre cuando esos actos constituyen crímenes internacionales. Frente a este problema, la CDI establece que la inmunidad ratione materiae no se aplica respecto de determinados crímenes, entre ellos el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra.

Otra contribución importante de la etapa dirigida por Grossman fue insertar la discusión sobre las excepciones a la inmunidad dentro de un marco procesal más completo. Así, el texto regula mecanismos como la notificación al Estado del funcionario, la invocación y renuncia de la inmunidad, el intercambio de información, su determinación por las autoridades competentes, la transferencia del procedimiento penal y las garantías de trato justo. No se trata sólo de establecer excepciones a la inmunidad, sino también de determinar cómo deben operar.

Con la adopción del proyecto de artículos culmina un trabajo iniciado en 2007. La Comisión ha recomendado que sirvan, en el momento apropiado, de base para una convención internacional. Corresponderá ahora a los Estados decidir su destino.

Que un jurista chileno haya tenido la responsabilidad de conducir hasta su conclusión un trabajo de esta importancia constituye una contribución significativa a una tradición nacional de participación en la formación y codificación del Derecho Internacional. En tiempos en que éste suele aparecer asociado a sus crisis, el trabajo de Grossman recuerda una dimensión menos visible: la paciente construcción de reglas comunes.

Por Benjamín Salas, abogado, colaborador asociado de Horizontal