La iniciativa de Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles de la Ciudad de México, enviada por la jefa de Gobierno, Clara Brugada, al Congreso capitalino, establece, entre otras cosas, que el aumento anual de la renta no podrá sobrepasar el incremento inflacionario y para evitarlo se proponen sanciones.

Por ejemplo, para quienes establezcan aumentos a la renta superiores a los permitidos por la ley se les impondría una multa de 100 a 400 veces la Unidades de Medida y Actualización vigente.

De acuerdo con la propuesta, las personas arrendatarias y las arrendadoras tendrán derechos y obligaciones. Una de las obligaciones que tendrán las personas que renten sus propiedades será “que el incremento anual en el precio de la renta, con independencia del cambio de arrendatario, no sobrepase el incremento inflacionario reportado por el Inegi para el año inmediato anterior”.

Se establece que, al término del contrato, en caso de que la persona que renta ofrezca a la persona arrendataria la renovación del contrato, fijando una suma que exceda el aumento permitido, la persona inquilina podrá optar por realizar el pago de la suma que corresponda a la última renta pactada más el porcentaje de inflación reportado por el Inegi, a través de la vía pactada en el contrato o mediante la consignación en el juzgado correspondiente.

“Entendiéndose a partir de ese momento que el contrato queda prorrogado por un plazo adicional de un año, en relación con el pactado” al inicio.

“En todo caso, la persona arrendataria podrá exigir la devolución de cantidades pagadas como renta que exceda el aumento anual permitido en esta Ley, con independencia de las sanciones administrativas que puedan imponerse a la persona arrendadora”, establece la iniciativa.

Asimismo, los dueños deberán establecer un precio único de renta, con excepción de las cuotas de mantenimiento o pago de servicios pactadas previamente; y deberán inscribir el contrato de arrendamiento en un Registro Digital de Contratos de Arrendamiento Habitacional, el cual será operado por la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP).

Dicho Registro contendrá el nombre de las partes; ubicación y superficie del inmueble; precio de la renta; monto del depósito; tipo de garantía de cumplimiento, y plazo. Los dueños estarán obligados a entregar a sus inquilinos la constancia de registro.

Esta ley crea la Defensoría de las Relaciones Inquilinarias de la Ciudad de México, como unidad administrativa adscrita a la Procuraduría Social, que se encargará de verificar que entre un contrato de arrendamiento y otro no se contravenga el límite de aumento a la renta. Asimismo, brindará asesoría y aplicará sanciones.

Asimismo, se establece un Gabinete de Acompañamiento Social ante Desalojos, presidido por el Secretario de Gobierno, que identificará casos de riesgo social, humanitario o de vulnerabilidad asociados a procedimientos de desalojo; y coordinará las acciones institucionales oportunas, a fin de procurar una instancia de conciliación antes de la ejecución de un procedimiento de desalojo.

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