Hasta ahora, una persona podía ser detenida en situación de flagrancia si no habían pasado más de 12 horas desde la comisión de un delito. Eso acaba de cambiar.

El Presidente José Antonio Kast promulgó este martes la denominada Ley de Flagrancia, la primera norma despachada de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo impulsada por su Gobierno. La ley amplía ese plazo a 24 horas para Carabineros y la PDI, y hasta 48 horas para la Autoridad Marítima.

Pero ese no es el único cambio.

La nueva legislación también entrega más margen de acción a las policías durante las primeras horas de una investigación. Entre otras cosas, podrán solicitar de manera autónoma y voluntaria registros de cámaras de vigilancia, videos grabados por testigos e información de georreferenciación, sin esperar primero una instrucción del fiscal.

Según de debatió en comisión mixta, la idea detrás de la reforma es sencilla: dar más tiempo y herramientas para perseguir a una persona inmediatamente después de un delito, especialmente en casos donde los responsables logran escapar rápidamente.

“Un Chile donde cada institución pueda cumplir mejor con el rol que le asigna la ley, donde las policías tendrán más herramientas para hacer frente a la delincuencia con todo el respaldo del Estado”, dijo Kast durante la promulgación en el Palacio de La Moneda.

¿Qué significa estar en flagrancia?

La Constitución permite detener a una persona sin orden judicial cuando es sorprendida en delito flagrante.

El Código Procesal Penal considera, entre otros casos, a quien es encontrado cometiendo un delito, es perseguido inmediatamente después, es identificado por víctimas o testigos, aparece en un registro audiovisual o es hallado con objetos o señales que permitan vincularlo con el hecho.

Hasta ahora había un límite claro: si habían pasado más de 12 horas, la detención bajo esta figura ya no procedía. Con la nueva ley, ese margen se duplica para Carabineros y la PDI.

¿Por qué ampliarlo? Durante la tramitación se argumentó que las formas de cometer delitos y huir han cambiado, al igual que el volumen de investigaciones que deben enfrentar las policías.

Según cifras del Ministerio Público consideradas en el debate legislativo, las denuncias ingresadas pasaron de 944.547 en 2006 a 1.656.232 en 2024, y llegaron a 1.917.477 durante 2025.

Policías podrán pedir videos sin esperar una orden del fiscal

Este es uno de los cambios más relevantes de la norma. Si ocurre un delito frente a una casa, un local comercial o una persona que grabó lo sucedido con su teléfono, las policías podrán pedir directamente la entrega voluntaria de esas imágenes.

Si la persona acepta, se deberá dejar constancia mediante un acta. Si se niega, los funcionarios tendrán que informar al fiscal.

La norma también permite requerir información de georreferenciación para intentar ubicar a los responsables o elementos relacionados con el delito.

Eso no significa que las policías puedan acceder por la fuerza a cualquier registro. La regla establece una entrega voluntaria y mantiene la intervención del Ministerio Público cuando esa colaboración no existe.

Un proyecto que comenzó antes de Kast

Aunque esta es la primera ley promulgada dentro de la agenda ACOT del actual Gobierno, el proyecto no nació en esta administración.

La iniciativa fue ingresada al Senado el 19 de diciembre de 2023, durante el Gobierno de Gabriel Boric, mediante una moción de los entonces senadores José García Ruminot, actual ministro de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de Kast; Rodrigo Galilea, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens y Kenneth Pugh.

La actual administración tomó el proyecto, le dio prioridad dentro de su agenda de seguridad y renovó su suma urgencia el 1 de septiembre de 2026.

¿Por qué terminó en Comisión Mixta? La discusión no fue completamente sencilla.

La Cámara y el Senado tuvieron diferencias, principalmente por cuánto debía ampliarse el plazo de flagrancia y por el alcance de las instrucciones que puede impartir el Fiscal Nacional a las policías. Esas discrepancias tuvieron que ser resueltas en una Comisión Mixta.

El Senado aprobó finalmente su informe el 8 de septiembre, por 38 votos a favor y tres abstenciones. La Cámara hizo lo mismo al día siguiente. Posteriormente, el Tribunal Constitucional realizó el control de constitucionalidad y dictó sentencia el 24 de septiembre.