La Corte Suprema respaldó las facultades de la Tesorería General de la República (TGR) para continuar con el cobro judicial de deudas asociadas al Crédito con Aval del Estado (CAE).

El máximo tribunal revocó tres sentencias de la Corte de Apelaciones de Arica, correspondientes a las causas roles 203-2026, 219-2026 y 299-2026, que habían acogido recursos de protección presentados contra la TGR para frenar acciones de cobranza.

Con las nuevas resoluciones, la Corte Suprema rechazó dichos recursos y dejó vigentes las acciones impulsadas por Tesorería para recuperar las deudas CAE.

Según explicó la institución, estos procedimientos de cobro se realizan mediante el mecanismo ejecutivo establecido en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario.

El jefe de la División Jurídica de la TGR, Juan Pablo Marras, sostuvo que los fallos “ratifican la interpretación legal de Tesorería en esta materia” y respaldan sus facultades para realizar la cobranza judicial de estos créditos fiscales.

Asimismo, Marras afirmó que las resoluciones dejan sin efecto los fallos anteriores que habían cuestionado el actuar del organismo y señaló que, a juicio de Tesorería, “la discusión sobre la constitucionalidad y legalidad del actuar de TGR, se zanja de manera definitiva”.

De esta forma, las sentencias permiten a la Tesorería mantener las acciones de cobranza relacionadas con las obligaciones derivadas del CAE, en el marco de las atribuciones establecidas por la legislación vigente.

La TGR destacó además que continuará ejerciendo estas facultades para la recuperación de créditos fiscales y el resguardo del patrimonio público.