En 72 centros penitenciarios del país viven 308 niñas y niños junto a 306 mujeres privadas de la libertad, de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2025 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla, en la Ciudad de México, concentra la mayor cantidad, con 36 mujeres y 36 niños. Le sigue la Comisaría de Reinserción Femenil, en Jalisco, con 26; el Cereso de Sentenciados 14, El Amate, en Cintalapa, Chiapas, con 15; y con 10 cada uno el de Durango y el de Ciudad Serdán, Puebla.

Con nueve se encuentran el Femenil número 2 de Chihuahua, el de Tabasco, el de Amatlán, Veracruz y el de Morelia, Michoacán. En el resto la cifra va de una a siete mujeres con hijos, como en Cancún, Quintana Roo; el Femenil de Pachuca, Hidalgo, y el de Atlacholoaya, Morelos.

La diferencia entre las 306 mujeres y los 308 menores se explica, porque en dos centros hay madres con más de un hijo: Iguala, Guerrero, con tres mujeres y cuatro menores, y Ciudad Victoria, Tamaulipas, con cuatro mujeres y cinco menores. Entre los 72 centros hay también una prisión militar y el Cefereso número 16 Femenil, en Morelos, de modo que no todos son estatales.

En centros estatales y federales hay 15 mil 849 mujeres privadas de la libertad, según el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria de diciembre de 2025. Las 306 que viven con hijas o hijos equivalen a cerca de 2%, según un cálculo de este diario.

Deficiencias

La CNDH detectó fallas en la atención a mujeres y menores en 66 de los 261 centros estatales visitados, es decir, 25.3%. Entre ellas, carencia de insumos pediátricos, alimentación adecuada e instalaciones.

Un cruce de las tablas del diagnóstico muestra que 30 de los 72 centros con niños aparecen también en esa lista, entre ellos El Amate, Durango, Ciudad Serdán, Chalco, Cancún, Hermosillo I y El Castillo, en Mazatlán.

El organismo expresa su preocupación por que persistan estas deficiencias sin que se observen esfuerzos estatales para mejorarlas.

Señala que los centros siguen estandarizando servicios para hombres y mujeres, lo que puede ampliar brechas de desigualdad, y advierte que ello puede implicar responsabilidades para los titulares de los penales.

Además, plantea, entre otras acciones, evaluar la reubicación de las internas de centros mixtos a femeniles, previo consenso con ellas y sus familias, y garantizar atención médica especializada, incluida la pediátrica.

Comparación

El diagnóstico de 2024 había contabilizado 172 niñas y niños viviendo con sus madres, y en la última década el promedio fue de 412, con un máximo de 618 en 2016.

Las cifras no son comparables de manera directa, pues la CNDH amplió en 2025 el alcance de la supervisión, que abarcó 278 centros en los 32 estados.

Lo nuevo este año es que incorpora criterios de los Estándares Avanzados de Naciones Unidas para el Sistema Penitenciario Mexicano.

En la mira

El centro penitenciario El Castillo, en Mazatlán, aparece en el diagnóstico con cinco mujeres que viven con cinco hijos y también en la lista de centros con deficiencias. Es el penal donde el 8 de octubre un motín dejó 10 muertos y 16 heridos. El diagnóstico corresponde a la supervisión de 2025.

El artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal establece que las hijas e hijos de las mujeres que nacieron durante el internamiento de estas podrán permanecer con su madre en el centro penitenciario durante las etapas postnatal y de lactancia, o hasta que cumplan tres años, garantizando en cada caso el interés superior de la niñez.

Las mujeres con hijas o hijos tienen, además, derecho a convivir con ellos en el penal hasta esa edad.

La misma norma prevé atención médica obstétrico-ginecológica y pediátrica durante el embarazo, el parto y el puerperio, y obliga a los centros a habilitar servicios o disposiciones para el cuidado de los menores, de modo que las madres puedan participar en actividades de reinserción.

También prohíbe el aislamiento como sanción para embarazadas, mujeres en lactancia o madres que conviven con sus hijos, impide vetar el contacto con familiares, en especial con hijas e hijos, y veda que el acta de registro civil aluda a un nacimiento ocurrido en prisión.